Presupuesto Institucional

De acuerdo al Parágrafo Primero del Art. 21 de las Normas Básicas del Sistema de Presupuestos, aprobadas mediante Resolución Suprema Nº 225558 de 1° de diciembre de 2005, en cada entidad y órgano público, la programación del gasto deberá efectuarse según los programas y proyectos establecidos en el marco del Plan General de Desarrollo Económico y Social y del Plan Estratégico Institucional y del Programa de Operaciones Anual de la entidad.
Dicha programación debe contemplar todas las obligaciones que se estime devengar en la gestión fiscal, para la contratación de personal, la compra de bienes y servicios, la realización de gastos de inversión y otros inherentes al desarrollo de las actividades previstas en el Programa de Operaciones Anual.
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