Renta Dignidad
Requisitos para acceder al beneficio:
Para ser Beneficiaria o Beneficiario de la Renta Dignidad, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener 60 años de edad o más.
- Vivir en Bolivia.
- Estar registrado en la Base de Datos de Beneficiarios de la Renta Dignidad (BDRD).
- No cobrar un sueldo del sector público.
- No tener Resolución Administrativa que suspenda el cobro del Bolivida, Bonosol o Renta Dignidad.
Monto del beneficio:
Para las Beneficiarias o Beneficiarios que NO perciben renta o jubilación, es de Bs4.550 al año, monto que es cobrado en doce pagos mensuales (once de Bs350 y uno de Bs700, el cual incluye el Aguinaldo de la Renta Dignidad).
Para rentistas de COSSMIL y SENASIR o para quienes perciben una pensión de jubilación del Sistema Integral de Pensiones (SIP), es de Bs3.900 al año, monto que es cobrado en doce pagos mensuales (once de Bs300 y uno de Bs600 el cual incluye el Aguinaldo de la Renta Dignidad), directamente en su boleta de Renta o Pensión. La Beneficiaria o Beneficiario que recibe su Renta o Pensión mediante Abono en Cuenta o empleando un Poder de Representación, cobra la Renta Dignidad en las Entidades Financieras habilitadas. (Ver Entidades Financieras Habilitadas).
Requisitos para el Cobro de la Renta Dignidad:
La Beneficiaria o Beneficiario que esté registrado biométricamente en la BDRD, en caso de cobrar en localidades habilitadas para el pago con verificación biométrica, debe presentar:
- Cédula de Identidad (CI) o Registro Único Nacional (RUN) en original.
La Beneficiaria o Beneficiario que no esté registrado biométricamente en la BDRD debe presentar:
- Cédula de Identidad (CI) o Registro Único Nacional (RUN) en original y dos fotocopias legibles.
- En caso de registros observados (homónimos o Documento de Identidad duplicado), deberá presentar el Certificado de Nacimiento o Bautizo original entregando dos fotocopias legibles del mismo y en caso de mujeres casadas registradas con el apellido del esposo, adicionalmente deberán presentar el Certificado de Matrimonio o Libreta de Familia original y dos fotocopias legibles.
A través de Fuerzas Armadas:
Para cobrar a través del pago que realizan las FFAA, la Beneficiaria o Beneficiario debe presentar:
- Cédula de Identidad (CI) o Registro Único Nacional (RUN) en original y dos fotocopias legibles.
- En caso de registros observados (homónimos o Documento de Identidad duplicado), el Certificado de Nacimiento o Bautizo original entregando dos fotocopias legibles del mismo y en caso de mujeres casadas registradas con el apellido del esposo, adicionalmente deberá presentar el Certificado de Matrimonio o Libreta de Familia Original y dos fotocopias legibles.
A Domicilio:
La Beneficiaria o Beneficiario que recibe el pago a domicilio por enfermedad o impedimento deberá:
- Solicitar el pago a domicilio en alguna de las oficinas de Atención al Ciudadano de la Gestora adjuntando lo siguiente:
- Certificado Médico (Original), en el que debe constar el sello del médico y sus respectivas matrículas.
- Cédula de Identidad (CI) o Registro Único Nacional (RUN) de la Beneficiaria o Beneficiario (originales y dos fotocopias legibles).
- Documento de Identidad original del solicitante y dos fotocopias legibles.
- Croquis detallado de la dirección donde se va a realizar el pago, indicando datos de contacto.
- El pago a domicilio pueden solicitarlo también los representantes de Asilos, Hospitales y Reclusorios, a requerimiento de las Beneficiarias o Beneficiarios; sin necesidad de presentar el Certificado Médico.
La documentación mencionada es general, el solicitante debe realizar la verificación del registro de la Beneficiaria o Beneficiario en las plataformas de Atención al Ciudadano de la Renta Dignidad, antes de ingresar el trámite,debido a que podría requerir documentación adicional.
A través de las Boletas de Pago por Rentas o Pensiones:
Cobran la Renta Dignidad incluida en su boleta de Renta o Pensión, los Pensionados del Sistema Integral de Pensiones, los Pensionados con Seguro Vitalicio y Rentistas de COSSMIL y SENASIR.
NOTA: LAS FOTOCOPIAS LEGIBLES REQUERIDAS PARA LOS TRÁMITES DE RENTA DIGNIDAD Y GASTOS FUNERALES, EN NINGÚN CASO NECESITAN SER A COLOR.
Gastos Funerales
Es el pago en efectivo que otorga el Estado Plurinacional de Bolivia, por una sola vez, a la persona que acredite haber efectuado el pago del funeral de una Beneficiara o Beneficiario de la Renta Dignidad.
Requisitos para la solicitud del pago de Gastos Funerales
Durante los primeros 6 meses desde el fallecimiento de una Beneficiario o Beneficiario:
- Certificado de Defunción emitido por el SERECI (Original).
- Factura o Recibo original de los gastos de sepelio, a nombre de la persona que efectuará el trámite. En caso de Recibo, se requiere la presencia de dos testigos, mayores de edad, portando sus Documentos de Identidad vigentes en original y presentar dos fotocopias legibles, quienes deberán firmar el formulario de solicitud, en el momento de presentación del trámite.
- Cédula de Identidad(CI) o Registro Único Nacional (RUN) del Beneficiario(a) Fallecido (a) original y dos fotocopias legibles.
- Documento de Identidad original del solicitante y dos fotocopias legibles.
La documentación mencionada es general, el solicitante debe realizar la verificación del registro de la Beneficiaria o Beneficiario en plataformas de Atención al Ciudadano de la Renta Dignidad antes de ingresar el trámite, debido a que podría requerir documentación adicional.
Entre los 6 y los 18 meses desde el fallecimiento de la Beneficiaria o Beneficiario
- Certificado de Defunción emitido por el SERECI (Original).
- Documentación que acredite la condición de Derechohabiente según el parentesco con el Fallecido(a).
- Cédula de Identidad(CI) o Registro Único Nacional (RUN) del Beneficiario(a) Fallecido (a) original y dos fotocopias legibles.
- Documento de Identidad original del solicitante y dos fotocopias legibles.
Monto del beneficio
El monto establecido para el pago por Gastos Funerales es de Bs. 1,800. (Un Mil Ochocientos 00/100 Bolivianos).
NOTA: LAS FOTOCOPIAS LEGIBLES REQUERIDAS PARA LOS TRÁMITES DE RENTA DIGNIDAD Y GASTOS FUNERALES, EN NINGÚN CASO NECESITAN SER A COLOR.